ENSXXI Nº 118
NOVIEMBRE - DICIEMBRE 2024
- Detalles
- Escrito por Revista
- Categoría: Revista 50 , Opinión
EL DEUDOR HIPOTECARIO ¿FINALMENTE PROTEGIDO?
La generalización al hilo de la crisis de los llamados desahucios, mejor lanzamientos, ha generado mucho más que debates terminológicos. Sonoros movimientos sociales se han organizado y adoptado controvertidas líneas de actuación, como los escraches, y han instado, incluso por medio de la iniciativa popular, a los poderes públicos para que accedieran a sus reivindicaciones, que incluían la dación en pago retroactiva, paralización de “desahucios” y alquiler social. La Administración ha reaccionado a estas realidades con medidas de diversa naturaleza. En este número se tratará por Jorge Díaz Cadórniga el Decreto-ley andaluz 6/2013 de la vivienda, una iniciativa autonómica que trata de actuar sobre la parte final del proceso, el alojamiento de los que han sido privados de su vivienda a través de un controvertido proceso de expropiación del uso de las mismas; Pedro Yanes dará una impresión general de la ley de 1/2013, de Protección de Deudores Hipotecarios, criticando su poca ambición y su falta de defensa del interés general; Rosana Viejo González y Segismundo Alvarez Royo-Villanova se centrarán en un aspecto concreto de ella: la expresión manuscrita del deudor para manifestar que ha sido informado de los posibles riesgos que comporta el préstamo hipotecario en ciertos casos; Manuel González-Meneses tratará también un aspecto concreto: la limitación al 75% del valor de tasación a efectos de ejecución y si tal cosa supone un beneficio para el deudor.
- Jorge D. Cadórniga: "Decreto-Ley andaluz 6/2013 sobre viviendas: ¿un adecuado instrumento de política social?"
- Pedro Yanes Yanes: "La Ley 1/2013, o el favor argentarii."
- Rosana Viejo / Segismundo Álvarez: "La expresión manuscrita del art. 6 de la Ley 1/2013."
- Manuel González-Meneses: "La legitimación de una cláusula abusiva por la Ley 1/2013, de protección de los deudores hipotecarios".