ENSXXI Nº 1
MAYO - JUNIO 2005
El Notariado tiene una impresionante galería de nombres ilustres que han unido a su calidad profesional, singulares valores intelectuales. El Colegio Notarial de Madrid está particularmente orgulloso de los notarios excepcionales que lo han enriquecido a lo lardo de toda su historia. Con el nombre extraordinario de Vallet de Goytisolo iniciamos un recorrido por las ideas y las semblanzas de estos grandes del Notariado.
José Ángel Martínez Sanchíz
¿Que te indujo a ser notario?
El prestigio y la función de consejo, traducción jurídica de las voluntades negociales empíricas y de configuración que observaba en los notarios, según había captado primero en mi familia y después en la Universidad.
¿Cómo ves el futuro del Notariado?
El notariado español no solo es el mejor preparado jurídicamente del mundo sino, en general, el que ejerce más plenamente la función antes indicada. El futuro está en manos de los futuros notarios. Dependerá de que mantengan con escrupuloso rigor el cumplimiento de los deberes que impone está función que les corresponde.
¿Qué te sugieren las relaciones con otras profesiones jurídicas?
La determinación negocial del derecho, revestida de autenticidad, diferencia la función del notariado de la que corresponde a los jueces y abogados, a quienes fundamentalmente corresponde la determinación conflictual de lo que es derecho. Es decir, no son funciones complementarios entre sí. El registro de la propiedad significa un complemento de publicidad, respecto de terceros, de los títulos notariales.
¿Cuáles son, en tu opinión, los principales problemas de la justicia?. ¿Figura entre ellos el realismo judicial?
Los principales problemas de la justicia son la insuficiencia de medios a su servicio y, especialmente, la deficiencia, cada día creciente, de las nuevas leyes. Veo la función judicial, como he enunciado, dirigida a determinar en cada caso concreto la configuración del derecho en casos de conflicto. Las leyes están hechas atendiendo a los que generalmente sucede, pero ni la mente del legislador ni el lenguaje pueden abarcarlo totalmente, porque la vida no se deja aprisionar por las palabras, es decir, su debida generalidad no puede alcanzar la universalidad. Por ello, no se trata de aplicarlas silogísticamente, sino de concretar la solución justa, atendiendo a las diferencias entre el hecho tipo de la norma y el hecho del caso enjuiciado, siempre a la luz de los principios generales del derecho.
"El futuro del notariado dependerá de que los futuros notarios mantengan con rigor los deberes que impone la función de consejo"
En ámbito más general, ¿por qué se reclama que se establezca una ética mundial o que se de una dimensión mundial a la ética?
En realidad es consecuencia del deterioro moral de nuestra sociedad. Antes, en épocas de corrupción de hábitos y costumbres, las leyes se endurecían para corregirla. Hoy, por el contrario, las leyes se hacen más permisivas y favorecen los ejemplos corruptores.
Interesadamente por mi parte, ¿qué libros consideras más apropiados para la instrucción del lector?
Metodológicamente, recomiendo el prólogo de Ramón María Roca Sastre al libro de José Puig Brutau, "La jurisprudencia como fuente del derecho"; la conferencia de Biondo Biondi "La ciencia del derecho como ciencia de los justo", publicada en los Anales de la Academia Matritense del Notariado; el tomo de Michel Villey "La formation de la pensée juridique moderne", y su obra póstuma, "Questions de Saint Tomas d'Aquin sur la politique et le droit".