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REVISTA110

ENSXXI Nº 116
JULIO - AGOSTO 2024


Préstamo hipotecario anterior a 2013 con derecho a deducción fiscal va a ser cancelado por la concesión de un nuevo préstamo por otra entidad financiera: se puede continuar con la deducción siempre que se acredite la conexión entre ambas operaciones (VC 285/24 de 4-3). Descargar

Préstamo entre amigos a interés 0: hay que liquidarlo aunque la operación esté exenta (VC 357/24 de 12-3). Descargar

Aportación a la sociedad de gananciales: como transmisión está exenta a efectos de TPO o AJD pero en cuanto al IRPF se trata de una alteración patrimonial y como tal sujeta, integrada en la base imponible del ahorro en cuanto a la mitad del bien (VC 413/24, 414/24, 420/24 y 421/24 de 14-3). Descargar. Descargar. Descargar. Descargar.

Donación a una entidad lucrativa con beneficios fiscales de un inmueble: no hay pago por ganancias patrimoniales a efectos del IRPF, está exenta (VC 541/24 de 9-4). Descargar

Exención por reinversión del artículo 38.1 Ley del IRPF: exige la residencia continuada por tres años y las excusas para considerar que el plazo no ha sido cumplido por causa ajena al interesado son muy reducidas, por ejemplo, cambiar de domicilio para atender a una madre y luego volver a su casa; el plazo se entiendo interrumpido (VC 699/24 de 16-4). Descargar

Venta de vivienda por dos promotores a una persona física ¿IVA o TPO?: la contestación se remite al “calificador inmobiliario” de la web de la AEAT pero no responde a la pregunta (VC 740/24 de 16-4). Descargar

Venta de un solar de sociedad limitada que nunca estuvo afecto a la actividad de la sociedad: en este caso está sujeto a TPO y no a IVA (VC 752/24 de 16-4). Descargar

Aportación a la sociedad de gananciales de un bien en el momento de la liquidación de gananciales: ¿cuál es la fecha de adquisición del inmueble?, ¿la de la aportación anterior o por la fecha de adquisición del aportante? Se decide por la fecha de la aportación (VC 854/24 de 23-4). Descargar

Relaciones comerciales y laborales por internet y retenciones por servicios o trabajo: autónomo o empleado en Argentina y empleador o empresario en España: da lugar a la retención a los efectos del IRPF (VC 857/24 de 23-4). Descargar

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