ENSXXI Nº 12
MARZO - ABRIL 2007
Una entrevista de Ariel Sultán Benguigui y Jesús Alberto Lleonart Torán
En su etapa de Director General de los Registros y del Notariado se podrían destacar muchos avances y logros para las carreras notarial y registral. Le quiero destacar, entre otros, la supresión de la firma que estampaban los Oficiales sustitutos en los asientos del Registro. Cuéntenos cómo se llegó a gestar la Reforma y qué dificultades encontró...
La supresión de la firma de los empleados designados sustitutos es algo que hoy resulta evidente y que no sería comprensible someterlo siquiera a discusión. Pero en el año 1977 el órgano corporativo registral no lo veía así, sino como una modificación incómoda de un régimen tradicional.
Me limité a decirle al Decano que si yo fuera registrador se aprobaba sin paliativos pero como era notario no lo llevaría adelante si no estaba de acuerdo el cuerpo de registradores. Pero eso sí, quería que me manifestasen su decisión por escrito. Llegó hasta a hacerse un referendum de todo el cuerpo sobre si veían conveniente o no la reforma. Afortunadamente, prevaleció el sentido común.
De su paso por el Ministerio de Justicia como Director General conservará muchas y jugosísimas anécdotas pero permítame que le recuerde -porque forma ya parte de la reciente Historia de España- el acto de renuncia de Don Juan en favor del actual Jefe del Estado, en el que usted compareció con el entonces Ministro de Justicia y Notario Mayor del Reino. Es una imagen que se repite en cualquier documental que se precie sobre la Transición democrática. ¿Cómo lo ve ahora desde la perspectiva histórica?
Fue un acto singular en el que, aparte de la Familia Real y el alto personal de la Casa del Rey, solo había ocho o nueve invitados, entre los que recuerdo al Duque de Alburquerque y a Don José María Pemán.
Desde luego fue un acto emotivo, especialmente para Don Juan de Borbón, pero, a mi juicio, su significación política no es ni ha sido la que de forma expresa o insinuada se le pretende dar en muchas ocasiones.
Háblenos de los 'conspícuos'....
Se llamaban "conspicuos" a algunos notarios sobresalientes con experiencia corporativa, entre los que se incluían los ex-decanos, cuya opinión sobre los asuntos más trascendentes que afectaban al Notariado era requerida ocasionalmente por el Decano de turno. No era un núcleo cerrado y ni siquiera eran siempre las mismas personas.
Cuando el que tiene a su cargo una responsabilidad y se le presentan dudas sobre el camino a seguir, es lógico que consulte el parecer de personas que le merecen confianza por su experiencia y su criterio.
Cuéntenos, por favor, alguna anécdota de su paso por los Tribunales de Oposiciones después de haber conocido y descubierto, seguramente, a muchos de los que serán -o ya lo son- grandes del Notariado....
Yo no tengo experiencia en Tribunales de Oposiciones. Solo estuve en el Tribunal de las Oposiciones entre Notarios del año 1982 en mi calidad, a la sazón, de Presidente del Consejo General del Notariado. Salvo algún caso muy extraño, el Tribunal tenía un criterio muy cohesionado.
Recuerdo que formaba también parte del Tribunal Don Antonio Ipiens, entonces Letrado de la Dirección General y el hombre con mayor experiencia sobre oposiciones directas que probablemente ha existido, pero nunca había estado en oposiciones restringidas. A pesar de ello, y a pesar de que la puntuación era totalmente distinta a las de las directas, al poco tiempo de haberse iniciado la oposición, en diversas ocasiones, cuando al final del ejercicio en Tribunal se reunía para valorarlo, Antonio Ipiens ponía "su nota" en un papel que depositaba en un sitio y no intervenía en la calificación del ejercicio. Cuando llegábamos al acuerdo de una nota concreta exhibía su papel y siempre coincidía con lo determinado por el Tribunal. Antonio Ipiens valoraba a las personas y a los contenidos como nadie.
¿Cómo valora la reciente reforma de las oposiciones entre notarios?
La regulación de las oposiciones entre notarios supone, a mi juicio, una mejora respecto a la situación inmediatamente precedente. Creo que las hace más atractivas y espero que muchos notarios jóvenes se convenzan de la conveniencia de prepararlas, sobre todo porque se combina con la norma, adecuada a mi entender, que impide empezar a adquirir clase de primera hasta transcurridos nueve años en la plaza. Los aspectos más positivos son la atribución de la antigüedad en carrera, la posibilidad de utilizarla durante cinco años y la publicación previa del programa del oral que asegura que los que se presentan llevan un cierto tiempo de preparación. No hay que olvidar que las oposiciones entre notarios han sido el signo distintivo de nuestro cuerpo y sobre todo, a ella se debe en alto grado el prestigio intelectual del cuerpo.
En su opinión, ¿cuales son los aspectos más positivos y negativos de la actual reforma del Reglamento Notarial?.
La regulación de los aspectos corporativos me merece una crítica desfavorable. Independientemente de ello, da la sensación de improvisado en muchos artículos, que no se coordinan bien o que se han reformado deficientemente. Lo cual resulta llamativo porque este Reglamento se está gestando desde el año 2000. Como más positivo destaco la regulación de los aspectos relacionados con las modernas tecnologías, especialmente el acceso directo a los libros del Registro, siempre que la reforma legal no quede en "agua de borrajas". Más dudoso me parece el sistema de consulta del Archivo de Revocación de Poderes en cuanto altera el tradicional esquema diseñado por los artículos 1219 Cc, 1734 y 1738 del Código Civil.
Con el conocimiento que le da la experiencia ¿Cómo ve al Notariado del siglo XXI?
Soy optimista. La adaptación a las nuevas tecnologías va a determinar modificaciones en el ejercicio de la función notarial, pero va a permitir que la Notaría refuerce su consideración de centro neurálgico de la contratación, con conexiones con el catastro, ayuntamientos, registros, hacienda, etc.
Lo verdaderamente esencial es que los Notarios ejerzan su función con un alto nivel, tanto deontológico como de preparación jurídica. El valor de la seguridad jurídica es cada vez más importante en la sociedad.