ENSXXI Nº 16
NOVIEMBRE - DICIEMBRE 2007
EL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN DETERMINA ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DEMOCRÁTICOS PARA LOS COLEGIOS PROFESIONALES
Los Decanos de los Colegios de Pamplona, Aragón y Madrid rechazan hacer uso de la prórroga del mandato
Coinciden en estimar que disposiciones Reglamentarias no pueden prevalecer sobre la decisión de las urnas
El nuevo Reglamento concede a los notarios que, a su entrada en vigor, se encuentren en el ejercicio de algún cargo corporativo, la prórroga del mandato por un año adicional. Pocas dudas puede plantear a un jurista la falta de fundamento democrático e incluso la dudosa legalidad de tales prórrogas. El artículo 36 de la Constitución ordena taxativamente que la estructura interna y el funcionamiento de los Colegios Profesionales “deberán ser democráticos”, lo que significa la preferencia en todo caso de lo que emana de los votos libremente emitidos. ¿A qué razón legal o fundamento jurídico puede acudir el poder político para intervenir en la vida de los Colegios Profesionales, acortando o alargando la duración de los mandatos de los cargos colegiales? ¿Sería lógico o razonable que la ministra de Fomento alargara o acortase los mandatos de los presidentes de los Colegios de Arquitectos o de Ingenieros de Caminos? ¿O que el ministro de Sanidad interfiriera en los nombramientos de los Colegios de Médicos? Esto parece bastante claro para todo el mundo, salvo para alguna Dirección General que, quizá por resabios autoritarios o por excesivo apego a los conceptos de jerarquía, no llega a entender que sus competencias alcanzan a la faceta de funcionarios de los notarios, pero no a su faceta de colegiados. Sobre tan claros fundamentos se produjo en su día, y lo publicamos en esta revista, la propuesta del Decano del Colegio Notarial de Pamplona de que todos los Decanos rehusaran hacer uso de estas prórrogas antidemocráticas y presentaran colectivamente la dimisión ante sus respectivas Juntas. Claro está que la pundonorosa y democrática propuesta del Decano José Luis Carvajal fue rápidamente rechazada por la mayoría juramentada. Había además una circunstancia que hacía más aconsejable la propuesta del Decano de Pamplona y menos presentable su rechazo, y es que la entrada en vigor del nuevo Reglamento hace que los Decanos tengan que decidir sobre cuestiones, por ejemplo, la reorganización territorial de los Colegios, que los electores sencillamente no pudieron tener en cuenta a la hora de emitir sus votos, lo que arroja sombras adicionales sobre la ya dudosa legitimidad democrática de permanecer en los cargos, vencido el mandato electoral, por simple decisión gubernativa. ¿Un tema tan importante no es razonable pensar que, quizá, hubiera podido cambiar el sentido de muchos votos?Incluso ha aparecido el consabido teórico petulante que ha encontrado justificación a las prórrogas: “A una situación extraordinaria, un remedio extraordinario”. ¡Qué majadería! ¿Dónde está lo extraordinario de una situación (¿guerra de las galaxias, conflagración mundial….?) que justifique decretar el estado de excepción dejando en suspenso las reglas democráticas? No han parecido suficientes estas razones a algunos decanos, en concreto, los de Aragón, Pamplona y Madrid, precisamente los que vienen clamando inútilmente –pero no en el desierto, porque la opinión mayoritaria de los colegiados se traducirá en acto más temprano que tarde– por mayor democracia y transparencia, y que han decidido no ser, ni siquiera por pasividad, partícipes de un estado de excepción innecesario.
PAMPLONA: LA JUNTA SE SOLIDARIZA CON EL DECANO Y NO ACEPTA SU RENUNCIA
El Decano del Colegio de Pamplona, José Luis Carvajal, se dirigió por carta a todos los colegiados, en lo que reafirma su criterio de que resulta “cuando menos, dudoso, que un cargo cuyo origen reside en las urnas pueda ser prorrogado por una disposición reglamentaria, máxime si la reglas del juego se cambian y durante la prórroga hay que acometer, entre otras reformas y como es nuestro caso, la adecuación de las circunscripciones territoriales de los Colegios notariales a las de las respectivas Comunidades Autónomas...” Alude a la carta que dirigió a los decanos, advirtiéndoles de la nulidad y solicitando la dimisión general de todos los decanos, y a la vista de la publicación parcial y sesgada de los acuerdos adoptados por el Consejo General del Notariado, entiende que, descartando la prórroga legal que no puede aceptar por antidemocrática, sólo le quedaba la opción de renunciar a su cargo ante la Junta general, que es lo que hizo, anunciando la voluntad de presentarse a las elecciones.
La Junta, a la que asistieron 57 notarios sobre un total de 87 posibles, acordó por 54 votos a favor y 3 abstenciones, no aceptar la generosa renuncia del decano, y muy al contrario, incitándole esa masiva mayoría a continuar con su mandato hasta el fin de la prórroga, que es lo que hará, pero con la legitimación suficiente que le viene de la voluntad mayoritaria expresada por la Junta.
ARAGÓN: ELECCIONES DEMOCRÁTICAS Y NUEVO DECANO TRAS LA RENUNCIA DEL ANTERIOR A ACEPTAR LA PRÓRROGA
El Decano del Colegio de Aragón, Adolfo Calatayud, ha decidido, como ya se informó en esta revista, no aceptar una prórroga que estima de legalidad dudosa y desde luego antidemocrática, por lo que convocó a la Junta General que aceptó su renuncia a la misma, por razones personales añadidas. En las elecciones celebradas como consecuencia de esta renuncia ha sido elegido nuevo Decano el pasado 21 de noviembre el Notario de Zaragoza, Eloy Jiménez Pérez, con la participación de 68 colegiados sobre 100, votando al candidato 65, y 3 en blanco.
MADRID: AGOTADO EL MANDATO QUE LE OTORGARON LOS ELECTORES, EL DECANO NO HACE USO DE LA PRÓRROGA
Tampoco el Decano de Madrid, que denunció en esta revista el carácter inequívocamente antidemocrático y por lo menos dudosa legalidad de las prórrogas, rehusó hacer uso de ella. En una carta dirigida el pasado 20 de noviembre a todos los colegiados, José Aristónico García escribe que “de la misma forma que sostuve que no se ajustan a derecho y he impugnado judicialmente, en defensa del principio de autonomía de los Colegios, aquellas decisiones que han pretendido acortar sin causa legal el plazo del mandato dado por los electores, obviando su voluntad reconocida y ratificada democráticamente por más del 90% de los colegiados en la última Junta, tampoco consideraría coherente hacer uso de la prórroga del mandato más allá del que vosotros me disteis, a lo que según el texto reglamentario vigente tendría derecho, ya que la exclusión “ad hominen” que contenían las primeras versiones de esta norma fue corregida, casi imperativamente, en la versión aprobada”. Solicita por tanto que, por coherencia con su posición personal y unívoca durante estos meses, le sea aceptada su decisión irrevocable de no hacer uso de la prórroga, para hacer coincidir el plazo de su mandato con el que conocían los electores en la elección, ni mas ni menos. El Decano dio cuenta a la Junta de su gestión durante los años de su mandato, tanto en lo que respecta a la actividad en el Colegio, ediciones, revista, actos culturales, etc. como en lo que atañe a su posición en el Consejo General, posición minoritaria pero testimonial de otra forma de concebir el Notariado, lo que fue aplaudido con entusiasmo por los asistentes, quienes, que apuntaron instar al Decano a seguir en el cargo durante el plazo de la prorroga reglamentaria, terminaron aceptando por unanimidad absoluta, sin ningún voto en contra ni abstención, la voluntad del decano de no aceptarla en razón a su posición personal invariable en esta materia que le impiden aceptarla por razones de coherencia. El Decano, que llegó a emocionarse visiblemente, aceptó sin embargo, a instancia de los reunidos, continuar en el cargo hasta que tome posesión el nuevo Decano electo e incluso seguir trabajando por el notariado después si éste se lo pide. El acto terminó en un ambiente entrañable de gran emotividad.