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ENSXXI Nº 17
ENERO - FEBRERO 2008

HENRI PALLUD
Notario de Paris

A la profesión notarial le ha sorprendido recientemente la lectura del informe presentado por el ministro de Presupuestos en el Consejo de modernización presidido por el presidente de la República que tuvo lugar el 12 de diciembre de 2007.
Dicho informe tiene como objetivo la mejora de la calidad de los servicios públicos, la racionalización del gasto público y la valorización del trabajo de los funcionarios.
Entre las numerosas medidas que contiene el informe, se plantea la desjudicialización del divorcio por mutuo acuerdo.
De producirse, ya no sería necesario recurrir a un juez, sino que el hecho de registrar ante notario el acta en la que conste el acuerdo o consentimiento oportuno sería suficiente.
 A estos efectos, se le ha solicitado a un grupo de trabajo formado por magistrados, abogados, ujieres y secretarios judiciales representativos de las principales organizaciones del mundo judicial que se pronuncie sobre esta desjudicialización del divorcio por mutuo acuerdo. El informe de dicho grupo de trabajo, presidido por el Profesor Serge GUINCHARD, debería remitirse al Ministro de Justicia el 30 de junio de 2008.
Tras la polémica desatada por ciertos abogados, el Presidente del Colegio Notarial de París, Don Gérard CANALES, respondió en la prensa destacando principalmente cinco inexactitudes en los argumentos de aquéllos, que paso a retomar brevemente:
- Este proyecto no es un efecto de anuncio mal preparado, dado que esta reforma ya fue presentada por varios Ministros de Justicia a lo largo de los últimos 15 años, con el objetivo de reducir el trabajo de los tribunales, de acelerar los procedimientos y de mejorar la situación de los ciudadanos en su calidad de posibles partes procesales.

"Esta propuesta de reforma, que no ha sido solicitada por el Notariado, no tiene por objetivo negar la competencia de los abogados, sino aliviar la función jurisdiccional de los tribunales en la media de lo posible"

- Según estos abogados solamente un juez podría comprobar la calidad del consentimiento dado por cada uno de los cónyuges en un procedimiento de divorcio, lo que supone olvidar que el notario es un cargo público encargado de establecer contratos equilibrados y actas notariales cuya naturaleza principal es la de aclarar el consentimiento entre las partes sobre los compromisos que desean adquirir.
- Se ha escrito: "El cónyuge con más nivel económico sería el que correría con los gastos notariales, y el que redactaría el acuerdo, haciendo valer sus intereses personales". Ahora bien, es deber deontológico del notario redactar un contrato equilibrado. Además, la tarifa de la intervención notarial la determina el Estado y cabe pensar que la prestación correspondiente, en el caso de que se apruebe la reforma, se fijará de tal manera que sea accesible a la mayoría de la gente y que se deba abonar por las dos partes divorciantes.
- A determinadas declaraciones difamatorias según las cuales el notario velaría por sus intereses personales "firmando testamentos de personas que se encuentran en la cama de un hospital o en una residencia de tercera edad, a cambio de procesos interminables por parte de los herederos", se responde que pueden surgir contenciosos con aquellos herederos que estén decepcionados por los testamentos, que se pueden producir errores, pero que el hecho de que la proporción de estos casos sea mínima nos demuestra que el sistema funciona de manera satisfactoria y que resulta loable que los notarios acepten acudir al lecho de sus clientes moribundos para recibir su última voluntad.
- Por último, esta propuesta de reforma, que no ha sido solicitada por el Notariado, no tiene por objetivo negar la competencia de los abogados, sino aliviar la función jurisdiccional de los tribunales en la media de lo posible, dado que la misión de estos últimos consiste prioritariamente en resolver conflictos y no en acompañar o solemnizar acuerdos.

"Ya no sería necesario recurrir a un juez, sino que el hecho de registrar ante notario el acta en la que conste el acuerdo o consentimiento oportuno sería suficiente"

El Presidente CANALES pide que cesen estas vanas querellas recordando que nuestro sistema judicial continental está fundado en una colaboración entre abogados y notarios y que funciona de una manera muy satisfactoria en beneficio de nuestros clientes y del Estado de derecho. Cada profesional tiene su papel porque cada uno de entre ellos tiene su identidad, su deontología y su modo de intervención.

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