ENSXXI Nº 19
MAYO - JUNIO 2008
JORNADAS NOTARIALES DE BURGOS - NOTARIAL 2008
Mercator pesimus
En el foro de debate “Notarial 2008” convocado por Jornadas Notariales de Burgos y celebrado en Zaragoza los días 18 y 19 del pasado abril, uno de los miembros de la Comisión Permanente del Consejo General del Notariado que hacia fuera se viste de redentor y hacia dentro se toca con antifaz, confesó paladinamente lo que todos sospechábamos e incluso en esta revista se había anunciado como única hipótesis viable de tanto desatino: Que fue necesario aprobar la introducción precipitada del Índice Único Informático con toda la legislación complementaria porque era la única manera de conseguir la aprobación del Reglamento en el escaso plazo que quedaba antes del cambio de legislatura.
Confesaba así la existencia de un trueque: Nuevo Reglamento Notarial a cambio del Índice Único y de toda la legislación calamitosa para el Notariado que le acompañaba, cambalache que viene a sumarse a otros también disparatados pertenecientes a épocas que creíamos superadas como el que protagonizó Esaú cambiando su primogenitura por un plato de lentejas o Ricardo III cuando pidió un caballo a cambio de su reino. En este caso alguien en nombre del notariado ha entregado parte de sus más preciados atributos, la independencia primero y la confidencialidad después, y con ellos parte del acerbo acrisolado por nuestros mayores, a cambio de….. un mísero Reglamento.
Sabido es que la Administración no suele adoptar medidas drásticas respecto de cualquier cuerpo sin anuencia o al menos informe de su órgano representativo. Y en este caso, antes lo sospechábamos y ahora ha sido públicamente reconocido, también así ha sido, pues según se desprende de la confesión dicha ellos han tenido una parte activa y consciente de este trueque.
Pero ese “ellos” no es el Consejo General del Notariado, ahí están las actas para comprobarlo, que nunca ha debatido ni ha sido informado de estos tejemanejes, probablemente porque sabían que en su seno había disidentes que se hubieran opuesto a este cambalache. Y en la política de este Consejo, como en la de todos los sistemas que tratan de imponer una voluntad colectiva, los disidentes son sistemáticamente preteridos y aún fustigados pues, como hace poco decía Carlos Fuentes, su mera presencia representaría la denuncia de los desmanes que suelen encubrir sus refrendos, por lo que solo atienden a aquellos a quienes pueden despreciar. Y si no ha sido el Consejo ni la Comisión Permanente, pues el Pleno nunca ha ratificado acuerdo alguno en tal sentido, ni le ha delegado a nadie tal facultad, ese “ellos” cuya identidad sería higiénico conocer, tiene necesariamente que corresponder a quienes gratuitamente se han arrogado una facultad de la que carecen y han dispuesto ultra vires de parte del acerbo ancestral del Notariado.
Ridículum mus
Y si grave ha sido el quebranto que el Notariado ha sufrido en el cambalache, más ridículo es el precio recibido a cambio de tanta concesión: un Reglamento, un ridículo Reglamento. Sabidos eran los sucesivos intentos de Reglamento auspiciados desde el años 2000, todos preparados con la pretensión de meter goles y ganar prebendas, y todos condenados por ello a un fracaso estrepitoso. Pero, ¿por qué se ha aceptado ahora este mísero precio a cambio de tanto? ¿Quien gana en este trueque?
Nada ganan los ciudadanos con este Reglamento que sigue concebido con los mismos parámetros de dispensa graciosa de la fe pública que emanaba de todos los Reglamentos preconstitucionales, muy al contrario mejor estaba con el anterior en cuanto admitía expectativas de adaptación constitucional, lo que ahora se ha dificultado extraordinariamente.
Nada gana el interés general o la fe pública que quedaban igualmente satisfechos con los Reglamentos anteriores y admitían interpretación más progresiva que la que el texto reciente puede tolerar.
Nada gana el Notariado que desde el punto de vista dogmático ha quedado sumido en más dudas y zozobras de las que antes le asaltaban, y desde el punto de vista organizativo ha visto reducida la cuota de democracia participativa que el anterior Reglamento, dictado en la época más dura de la dictadura franquista 1944, permitía. Ahí están como un clamor las aspiraciones de los colegiados de a pie constantemente expuestas y sistemáticamete preteridas, por ejemplo de elegir al Presidente por sufragio directo.
¿Cui prodest, pues? La respuesta es unívoca. Sólo los miembros del Consejo salen ganado. Una prórroga ilegal y antidemocrática de un año que permite a algún adepto gabelas extravagantes. Mayores facultades de control sobre los Colegios. Supresión de barreras para repetir mandatos. Y mayor facilidad para sustraer asuntos del pleno y decidirlos en comité. Y para que una camarilla pueda controlar el poder al margen de la voluntad de los notarios, que de nuevo se han visto defraudados en las peticiones formuladas en congresos y simposiums. . Ah! y otra cosa muy importante: cam bihar el status de los cargos y, contra la tradición inveterada del Notariado y la propia letra del Reglamento que declara los cargos corporativos del Notariado “honoríficos y gratuitos”, legalizar –tal vez tratar de legalizar- compensaciones millonarias para que algunos de los que las deciden no sufran quebranto, cerrando todo con un broche novedoso y desconocido en estos ámbitos: secreto riguroso de todo lo que acuerden salvo que ellos mismos decidan hacerlo público. Pura democracia. Nítida transparencia.
Ah! Se quedaba en el tintero otra partida del precio, tributo al síndrome-registradores: meter un gol con el artículo 143. Pero este gol ha resultado ser en propia meta. Aunque en un acto inaudito de cinismo traten “ellos” de oficializar que ese gol no sube al marcador, y casi que hasta puede contabilizarse a favor. ¡Que descaro!