ENSXXI Nº 3
SEPTIEMBRE - OCTUBRE 2005
JOSÉ ARISTÓNICO GARCÍA SÁNCHEZ
Decano del Colegio Notarial de Madrid
Francisco Núñez Lagos es hijo, padre y hermano de notario, una brillante estirpe de notarios que van a dejar escuela. Suele decir, con la ironía que le caracteriza, que todo lo ha aprendido de los clientes, pero a esta frase hay que encontrarle, como a tantas de las que dice con sorna, su verdadero significado. La realidad es que Núñez Lagos aprendió, o mejor dicho, percibió la necesidad de soluciones para varios de los problemas que se planteaban a quienes solicitaban sus servicios profesiones y para los que no había legislación adecuada, bien por consecuencia de la propia Ley, como ocurría con la Legislación de Casas, o de leyes ya caducadas, caso de la Ley Salmón y, sobre todo, por las no pocas disposiciones que se publicaron para impulsar la construcción: la ley de Cooperativas, la ley de 1948 de viviendas de Clase Media, la de Bonificables, y la básica de Viviendas de Renta Limitada de 1954, por no citar otras de más reducido ámbito territorial como la llamada Ley Castellana de 1953.
La mayor parte, por no decir toda esa legislación estuvo vigente a la vez, de ahí las dudas, confusiones y errores, a veces caros, que padecieron los dedicados a la construcción. Y de ahí el primer trabajo de derecho práctico de Francisco Núñez Lagos, "Limitaciones y Beneficios en las leyes protectoras de la Construcción", en el que ordenó la materia y aclaró dudas.
Esos conocimientos hicieron que el Ministerio de la Vivienda lo nombrase miembro de su Consejo Nacional, distinción que, aparte de facilitarle el acceso al Ministro cuando el Notariado lo necesitaba, le produjo su inclusión en una serie de comisiones de trabajo, gratuitas, que tuvieron lugar en el propio Ministerio durante años y redactaron los primeros Reglamentos de la Ley del Suelo. Vio entonces que algunos miembros de las comisiones no entendían que la vinculación de las fincas a las Normas del Planeamiento era superior a los pronunciamientos del Registro de la Propiedad, que legalmente ceden a aquéllas. Lo malo es que el error que entonces le asombró ha seguido a lo largo de los años, con sus dañinas consecuencias. Eso le llevó a publicar "El aprovechamiento urbanístico y su transferencia", que no gustó demasiado a los defensores del Registro.
Entre aquellas comisiones y esta publicación, Núñez Lagos siguió con el Urbanismo, esta vez a petición del Ministerio de Justicia, si bien con la comodidad de estar a las órdenes de José Luis Martínez Gil. El resultado fue el Reglamento de Gestión Urbanística, con la correcta solución a las relaciones Propiedad-Planeamiento-Registro. Todavía está vigente en buena parte de sus preceptos.
Francisco Núñez dejó el Urbanismo porque hubo de ocuparse de otra materia nueva, la de Inversiones Extranjeras. Para exponerla publicó primero "Aspectos Notariales de la Legislación de Inversiones Extranjeras en España", un librito que se regaló a todos los Notarios y que resultó de gran utilidad, y después un tomo más extenso, "Las Inversiones Extranjeras".
Francisco Núñez Lagos es, desde hace treinta años, vocal permanente de la Comisión General de Codificación, Sección de Derecho Civil, aunque ha estado al mismo tiempo agregado a la Sección de Derecho Mercantil. Su labor en la Sección de Civil, consta en las actas de las sesiones y no es posible darle publicidad. En la Sección de Mercantil formó parte de la Ponencia redactora de la vigente Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y publicó en los Anales de la Academia Matritense las "Notas para un estudio de la transmisión voluntaria de las participaciones de Sociedad de Responsabilidad Limitada", que tienen, como la mayoría de sus trabajos jurídicos, el carácter de ir señalando problemas y soluciones.
De la misma manera hay que calificar la actuación de Núñez Lagos en el ámbito corporativo. Fue miembro de tribunales de oposiciones, dos veces de la Junta Directiva y por último Decano de Madrid y Presidente del Consejo General del Notariado. En este último cargo resolvió favorablemente al Notariado el espinoso problema de los empleados de Notarías, y dio carpetazo al pretendido Colegio Oficial de Empleados de Notarías, demostrando que es meramente laboral, sujeta al Derecho laboral común, la verdadera naturaleza de la relación entre el Notario y cada uno de sus empleados, en contratos independientes. Otros muchos asuntos corporativos pasaron por las manos de Núñez Lagos, que atendió con eficacia y cariño. Como destaca la semblanza que publicamos del ilustre maestro, bien puede decirse que la vida de Francisco Núñez Lagos ha sido una vida dedicada enteramente a su función y profesión, es decir, al Notariado, y por tanto a las necesidades de los ciudadanos en las delicadas materias de la fe pública.