ENSXXI Nº 31
MAYO - JUNIO 2010
ABEL VEIGA COPO
Profesor de Derecho en ICADE
Una Ley inoperante
Cuando hace más de tres años, en diciembre de 2006 se aprobaba la que parecía iba ser la ley estrella de la anterior legislatura, el cenit del bienestar y progreso social, el llamado demagógicamente como cuarto pilar, la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, algunos vaticinábamos las enormes dificultades de aplicación práctica de la misma y, sobre todo, la templada -tal vez también timorata- voluntad política y económica de implantarla. Fue la gran apuesta del gobierno, decidida, tal vez audaz, necesaria y justa, sobre todo justa para tantas y tantas personas discapacitadas, dependientes y sus familias, verdadera alma y motor de esos dependientes, personas humanas, irrepetibles, únicas.
Y hoy, aquella norma y su implantación práctica, se torna no sólo en desesperanza y un agrio sabor de engaño, de silencio mediático, sino también en algo irrealizable, carente la voluntad política de llevarlo a cabo. La voluntad de muchos, pues son varios los responsables de la anomia y la desidia, amén de la falta palmaria de recursos y medios, tanto públicos como privados. Baste ahora remitirnos a la financiación autonómica y los presupuestos del Estado para comprobar lo inane del empeño y la falta de voluntad real para implementarla. Si uno comprueba la practicidad de la misma en cada una de las comunidades autónomas el panorama no sólo es desesperanzador, simplemente descorazonador, injusto. Se está jugando con personas, con familias, se las está dejando solas como siempre. Al margen de la bondad de la norma legal, que la tiene, las dificultades eran, son y serán simplemente hercúleas. La Ley establece ya en los primeros compases el reto, ambicioso y colosal, que pretende asumir, a saber, atender las necesidades de aquellas personas que, por encontrarse en situación de especial vulnerabilidad, requieren apoyos para desarrollar las actividades esenciales de la vida diaria, alcanzar una mayor autonomía personal y poder ejercer plenamente sus derechos de ciudadanía.
"Fue la gran apuesta del gobierno, decidida, tal vez audaz, necesaria y justa, sobre todo justa para tantas y tantas personas discapacitadas, dependientes y sus familias, verdadera alma y motor de esos dependientes, personas humanas, irrepetibles, únicas"
La autonomía se erige, en suma, en presupuesto básico no de la dependencia, sino de toda actividad y actuación de la persona. Pues autonomía personal es todo el haz o conjunto de habilidades que permite al ser humano desenvolverse y desarrollarse como persona, interactuar en todo y con todo aquello que le rodea. Autonomía son habilidades, son pautas de comportamiento, cánones de aprendizaje a lo largo de una vida sobre todo en sus primeros años, destrezas, competencias que se llevan a cabo desde nuestra propia voluntad. Pero algo es cierto, nadie es completamente autónomo como tampoco totalmente dependiente, si bien esta última aseveración desgraciadamente admite excepciones, máxime si de dependencia se habla. Todos tenemos limitada nuestra autonomía para algunas actividades, actuaciones, interacciones. El grado de autonomía en principio se adquiere con más o menos habilidad, con mayor o menor actitud. Pero inversamente a ese grado existe otro disfuncional, a saber, el grado de pérdida del mismo que se produce o bien por la edad, o bien por la enfermedad o un accidente.
Y es con el transcurso del tiempo -salvo traumáticas situaciones y circunstancias súbitas y violentas- cuando esta autonomía se va debilitando, y las necesidades, las ayudas, el auxilio, la dependencia se agrava. Es precisamente la falta de la misma, o el déficit de movilidad, motricidad, entendimiento y discernimiento, etc., la que se convierte en el primer síntoma o indicio de la existencia de una dependencia. Y es que además, la autonomía es diferente en cada persona, como también lo es su progresiva merma o reducción. En suma, es la degradación del ser humano en cualquiera de sus facetas y sus ámbitos la que se convierte en presupuesto básico de la dependencia, de la falta de autonomía, de libertad en un sentido lato. Lejos de mejorías y curaciones la dependencia tiende o tenderá a agravarse con el mero transcurso de los años, una dependencia que exigirá servicios, prestaciones adecuadas, dignas, útiles pero sobre todo, continuas e indefinidas en tanto subsista la situación o la vida. Y para suplir las necesidades que esta pérdida de autonomía genera en la vida y dignidad de la persona se ofrece como respuesta un derecho básico a ser titular de las prestaciones de dependencia.
Ser dependiente significa sufrir limitaciones. El grado de estas marcará el grado de dependencia y por extensión de las prestaciones asistenciales y, en su caso, y en modo subsidiario, económicas. Y es que el poder ser de una persona parte y se alcanza desde la propia libertad de la persona, con un poder hacer, aunque no necesariamente. La libertad se alcanza más que viene dada, luego, simplemente hay que preservarla, luchar cada día por ella. Y esa libertad es autonomía, independencia, voluntad propia. Es participación, interacción, pero es también decisión, sobre todo cuando la autonomía se deteriora, decisión de hasta dónde llega el apoyo, las prestaciones asistenciales. Prestaciones de calidad, que ayuden a promover y recuperar la independencia deteriorada o pérdida. Por que independencia es también una percepción del ser humano, que se siente libre. Un ser que tiene derecho a decidir, a elegir, a solicitar otro tipo de prestaciones asistenciales, de servicios, porque cada necesidad específica significa pérdida de habilidades, de autonomía en su ser y en su vida. Una persona que tiene y ejerce derechos subjetivos, derechos fundamentales que se ven constreñidos por situaciones que limitan temporal y definitivamente su autonomía.
"Hoy aquella norma y su implantación práctica se torna no sólo en desesperanza y un agrio sabor de engaño, de silencio mediático, sino también en algo irrealizable, carente la voluntad política de llevarlo a cabo"
La incertidumbre se ha apoderado de demasiadas esperanzas, las dificultades económicas de una crisis real y no en ciernes se abaten sobre la aplicación y los recursos financieros para implantar progresivamente esta Ley. No sólo es responsabilidad del Estado o del gobierno central, también de todas y cada una de las Comunidades Autónomas que han de corresponder con igual aportación de fondos. Incluso de los gobiernos locales. Dos de aquéllas, mal llamadas históricas, anatematizaron la Ley, la tacharon de inconstitucional por invadir esferas competenciales. Ahora, tan sólo dicen, predican, pero sobre todo, excusan el diferimiento de su implantación por culpa de los fondos insuficientes asignados en los Presupuestos Generales del Estado, por culpa de una crisis que la irresponsabilidad, la falta de austeridad y prudencia han desbocado y demediado. De los tres grados de Dependencia que establece la norma y que a su vez se subdividen en dos niveles cada uno, tan sólo llega un mínimo de ayuda a quienes sí se les reconoce la dependencia severa, a los de mayor pérdida de autonomía, el resto espera, sufre y como siempre calla. Son y seguirán siendo las familias el verdadero sustento y pilar humano de los dependientes. Politizar también esto, es la absoluta mediocridad de la clase política. Desgraciadamente miles de dependientes han muerto desde que entró en vigor la norma y desde que fueron reconocidos como tales pero que jamás pudieron servirse de ninguna prestación asistencial o en su defecto económica.
Abstract More than three years ago, in December 2006, the Law for the Promotion of Personal Autonomy and Attention to Dependent People (Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia) was passed. Already at that time, enormous difficulties were foreseen concerning the implementation of this text, main act of the previous term, peak of the welfare state and of the social progress and fourth pillar, as it was demagogically called. |