ENSXXI Nº 44
JULIO - AGOSTO 2012
Bienvenida
JOSÉ MANUEL GARCÍA COLLANTES. Notario de Madrid
Hoy es un día grande para el notariado español. El día 28 de mayo de 1862 promulgaba S.M. la Reina Dª Isabel II la ley Orgánica del Notariado, cuyos principios y bases esenciales están aún vigentes. Y queremos darle a esta celebración ley un realce muy especial, invitando a esta fiesta a notarios de todo el mundo y muy especialmente a notarios de esa parte tan querida y cercana para nosotros como es Iberoamérica. Por eso hoy dan comienzo en Madrid las reuniones de los máximos órganos de gobierno de la UINL, así como la XV edición de las Jornadas Notariales Iberoamericanas.
"Esta ley terminó con los errores del pasado, enmarcando la figura del notario en las corrientes creadoras de un incipiente concepto de 'función pública', uno de los legados más importantes de la época isabelina a la historia de España"
Festejar los 150 años de nuestra ley no significa que el notariado español tenga sólo 150 años de existencia. Al contrario. Los antiguos reinos españoles bajomedievales participaron activamente en la génesis de la figura del notario y que se fragua al calor de la doctrina de la glosadores en la segunda mitad del siglo XII y el XIII y que supone el tránsito del simple "scriptor" al "notarius publicus" y de la "carta" al "instrumentum publicum". Y ahí tenemos como muestra sobresaliente, entre otras muchas, la ordenación notarial del rey Alfonso X el Sabio a través del Fuero Real , del Espéculo y muy especialmente a través de la tercera Partida que, a decir de los especialistas, constituye ?la más completa formulación de la materia en Occidente?.
"El Gobierno determinaba el número y la residencia de los notarios, así como su arancel, en función del interés general"
Pero lo cierto es que a pesar de estos inicios, a principios del siglo XIX el notariado español se encontraba en una situación definida con gran expresividad por el historiador BONO HUERTA, como de "desorganización, descrédito y postración". De ahí que desde entonces fuera incesante la preocupación por lo que se denominaba "el arreglo del notariado", lo que motivó hasta cinco proyectos de ley y que concluyeron con la ley que hoy festejamos y que creó lo que llamamos el "notariado moderno".
Esta ley terminó con los errores del pasado, muy especialmente con la venalidad de las notarías, y se abrió a los nuevos tiempos enmarcando la figura del notario en las corrientes creadoras de un incipiente concepto de "función pública", uno de los legados, por cierto, más importantes de la época isabelina a la historia de España.
El notariado pasó a ser órgano del Estado. Se reorganizaron los colegios notariales territoriales pero bajo la dependencia jerárquica de los órganos del Estado. El Gobierno determinaba el número y la residencia de los notarios, así como su arancel, en función del interés general. Se fijaban los primeros criterios para la actuación en la redacción de instrumentos públicos y así como los principios de llevanza y custodia de protocolos, que eran propiedad del Estado.
Pero lo esencial (y lo que resultó determinante en el desarrollo posterior de la función) fue el establecimiento de un régimen de acceso completamente nuevo basado en la exigencia de unos conocimientos jurídicos elevados (para lo que se había abierto camino con la creación de las cátedras notariales veinte años antes) y la acreditación de esos conocimientos a través de un procedimiento objetivo de selección cual es la oposición. El notario pasaba a ser jurista y jurista de excelencia.
La ley cumplió su objetivo de "arreglar el notariado". Y consagró un sistema que pudo hacer realidad la función que a los notarios encomendaba su artículo 1º: dar fé conforme a las leyes de los contratos y demás actos extrajudiciales. Porque el contenido del documento notarial será creíble si su autor, el notario, es creíble. Por eso al "arreglar a los notarios" lo que la ley estaba en realidad consolidando eran las bases sobre las que pudo fundamentarse el concepto jurídico de AUTENTICIDAD de fondo y de forma.
"Lo esencial fue el establecimiento de un régimen de acceso basado en unos conocimientos jurídicos elevados. El notario pasaba a ser jurista y jurista de excelencia"
Y este modelo sigue vigente y los viejos principios de esta ley son los mismos consagrados en los vigentes principios generales de la UINL del año 2005 y propuestos como ejemplo a seguir en todo el mundo; un mundo que contempla día a día la progresiva implantación del sistema notarial latino-germánico. ¿no es ésta la mejor prueba de su eficacia?
Un recuerdo para los que hicieron posible la reforma: El presidente del Gobierno que aprobó la ley, General O'Donnell; el ministro de Justicia Santiago Fernández Negrete; el oficial del Ministerio de Justicia a quien se atribuye la redacción del proyecto de ley, Joaquín José Cervino. Y todos los notarios del momento que la promovieron e impulsaron y que podemos concretar en la figura señera del notario madrileño José Gonzalo de las Casas.
ALBERTO RUIZ GALLARDÓN. Ministro de Justicia
Españoles y europeos albergan anhelo de seguridad que es precisamente la esencia de la actividad a la que desde hace 150 años se dedican los notarios españoles gracias a la calidad técnica de una ley, la de 28 de mayo de 1862, que se ha convertido en referencia de rigor legislativo y capacidad de adaptación a distintas épocas y generaciones.
"El texto de la ley evidencia el esfuerzo por dotar a estos funcionarios de independencia, competencia y credibilidad"
Sólo a partir de esta ley puede empezar a hablarse de Notariado libre e independiente. Es ésta norma la que hace depender del Estado al Notariado. Su texto evidencia el esfuerzo por dotar a estos funcionarios de independencia, competencia y credibilidad. El mérito y la autoridad pasan a ser seña de identidad del cuerpo. Hoy estos principios han demostrado su vigencia, definiendo una profesión abierta a la sociedad, alejada de la endogamia.
La cercanía del notario, presente en cada rincón de España, hace de él una figura conocida y necesaria. Constituyen un elemento de excelencia jurídica, organizativa y social.
Contamos con el Notariado como un colaborador importante para cumplir el objetivo que nos hemos marcado de descongestionar y dinamizar la Administración de Justicia.
"Dentro de 150 años el Notariado seguirá teniendo la misma esencia y seguirá fundándose en el hombre honrado, cercano y sabio en el que pensó el legislador de 1862"
Se abre un espacio para su intervención en ciertos procedimientos de jurisdicción voluntaria, en la mediación, en su designación como árbitros y en la celebración de matrimonios y divorcios en ausencia de menores.
Dentro de 150 años el Notariado seguirá teniendo la misma esencia y seguirá fundándose en el hombre honrado, cercano y sabio en el que pensó el legislador de 1862.
SU ALTEZA REAL EL PRÍNCIPE DE ASTURIAS
Hoy hace 150 años que la reina Isabel II promulgó la Ley Orgánica del Notariado. El Notariado español entraba así en la modernidad y lo hacía como uno de los precursores en Europa de lo que más tarde sería el Notariado Latino. Con legítimo orgullo se puede decir que el Notariado español continúa instalado en la modernidad. Ha sabido adaptarse y mantener su esencia y sigue siendo en el concierto jurídico internacional el mismo referente de tradición y profesionalidad.
"Allá donde el notario ejerza su función cualquier español sabe que encontrará un jurista experto y cualificado"
Cerca de 3000 notarios presentes en toda nuestra geografía contribuyen a la mejor vertebración de la sociedad y allá donde el notario ejerza su función cualquier español sabe que encontrará un jurista experto y cualificado.
Funcionario público y jurista, servidor de la Administración y del ciudadano, aplicador y CONTROLADOR DE LA LEGALIDAD y consejero son aspectos que configuran la identidad propia del notario. El notario asesora imparcialmente, CONTROLA LA LEGALIDAD, y desde su posición de plena independencia sintoniza las voluntades de las partes encauzándolas hacia las mejores opciones jurídicas, justas y lícitas.
En los tiempos de la agilidad y la eficiencia el Notariado ha sabio mantener una posición de cabeza comprometido con los niveles más altos de excelencia y seguridad, especialmente en el reto de adaptación a las nuevas tecnologías.
"Funcionario público y jurista, servidor de la Administración y del ciudadano, aplicador y controlador de la legalidad y consejero son aspectos que configuran la identidad propia del notario"
En definitiva el Notariado sirve a las personas desde la independencia que determina su condición se servidores públicos y desde la función de consejo, aspecto éste que es hoy día de especial exigencia particularmente en contextos en los que las relaciones jurídicas pueden desenvolverse en posiciones de desequilibrio contractual.
Felicidades al Notariado español, con la seguridad de que seguirá sirviendo a la sociedad a partir del ejercicio profesional de sus importantes funciones.
JOAN CARLES OLLÉ. Vicepresidente del Consejo General del Notariado
El 11º congreso notarial español, cuya sesión plenaria hoy se inaugura, comenzó en marzo de 2011 sobre un tema central del Derecho: "la autonomía de la voluntad". Con motivo del 150 aniversario de la ley del Notariado se consideró oportuno realizar diversas sesiones por distintas ciudades españolas: Sevilla, La Toja, Sitges, Benidorm, Murcia, Bilbao y Madrid analizando la posición del individuo y su ámbito de libre actuación en el Estado de Derecho que nuestra Constitución instaura.
Para ello se convocó a los mejores iusprivatistas, elegidos entre al Academia y el Notariado, conscientes de que los saberes de ambas instituciones eran complementarios y necesarios para el buen fin de esta empresa. Todo este conocimiento quedará recogido en un libro conmemorativo.
"En los protocolos notariales quedan indelebles actos de voluntad que explican el discurrir de trascendentes acontecimientos del pasado que justifican el presente"
El Notariado es una institución testigo de la historia de este Reino plural que es España. Pude decirse que la historia de este país ha comparecido ante los notarios y que éstos han fijado con un adverbio propio, "fehacientemente", los hechos más sobresalientes acaecidos a la largo de ella. En los protocolos notariales quedan indelebles actos de voluntad que explican el discurrir de trascendentes acontecimientos del pasado que justifican el presente.
Pero el Notariado no sólo es historia. Es presente. Es renovación y modernización. Comprendió desde su inicio la importancia de la revolución tecnológica y hoy tenemos el orgullo de haber construido la red telemática privada más tupida y segura de España.