ENSXXI Nº 49
MAYO - JUNIO 2013
En un artículo publicado en el El Economista y firmado por un egregio miembro del cuerpo registral apareciera este destacado “las partes no están obligadas por lo pactado en la escritura si no acepta el registrador”. En un destacado, quizá obra del editor. En el texto interior del autor se lee “Por último, conviene recodar que en materia hipotecaria, las partes no quedan obligadas por lo que pactan en la escritura sino solo por lo que el registrador acepta a inscripción”.