ENSXXI Nº 55
MAYO - JUNIO 2014
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- Categoría: Revista 55 , Opinión
La reciente sentencia del Tribunal Supremo de 18 de marzo de 2014 impone a un notario una cuantiosa indemnización por autorizar una escritura “sin informar” de un embargo. La sentencia ha generado una considerable alarma por dos razones: una de carácter coyuntural, aunque muy significativo, que es que parece claro que el notario no pudo hacer otra cosa que lo que hizo, lo que supone un rigor excepcional; otra, de carácter político, pues desde hace casi catorce años existe la arquitectura legal que podría evitar este caso y, en general, riesgos para el ciudadano: el acceso directo al Registro.