ENSXXI Nº 59
ENERO - FEBRERO 2015
- Detalles
- Escrito por JOSÉ ANTONIO MÁRQUEZ GONZÁLEZ::Notario de Orizaba (México)::Consejero de la UINL
- Categoría: Revista 59 , Sección Corporativa
JOSÉ ANTONIO MÁRQUEZ GONZÁLEZ
Notario de Orizaba (México) y Consejero de la UINL
CHILE
Se dictó en el país austral la Ley número 20,720 de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas. La principal característica de la nueva ley es la agilización del trámite en la ahora denominada “reorganización”, no quiebra, de las empresas, ya que de resultar económicamente viable, se concede un plazo máximo de cuatro meses para su reestructuración. De no ser así, se decide el procedimiento de liquidación en un máximo de doce meses para las personas morales y de ocho meses para las personas físicas. También se marca un plazo máximo de 105 días para lograr el acuerdo con los acreedores.
La ley crea tribunales especiales para este tipo de quiebras, protege el interés de los trabajadores, elimina las presunciones de responsabilidad penal y crea una plataforma electrónica para la publicación de resoluciones.
El país sureño tiene un promedio de 140 quiebras anuales y más de 2000 empresas chilenas tienen problemas de liquidez. De hecho, la publicación Doing Business del Banco Mundial ha clasificado al país con una demora de 4.5 años en los procedimientos de quiebra anteriores a esta nueva ley.
COLOMBIA
El presidente de la Unión Colegiada del Notariado Colombiano (UCNC), Álvaro Rojas Charry, anunció la puesta en marcha de la Ley 1676 de 2013 que regula el acceso al crédito y las normas sobre garantías mobiliarias. Dicha ley reforma integralmente el sistema de garantías mobiliarias mediante la unificación de conceptos y la implementación de nuevos mecanismos para constituir, registrar y ejecutar las garantías.
Según el presidente Rojas Charry, las cuatro características principales de la nueva ley son las siguientes:
- Todas las figuras jurídicas que respalden una obligación, independientemente de cómo se denominen, pasan a ser garantías.
- Se amplían los bienes que pueden darse en garantía a todos aquellos bienes y derechos a los que las partes atribuyan algún valor económico.
- La información respectiva podrá ser verificada de manera electrónica por cualquier persona, lo cual juega un papel fundamental en la prelación de derechos.
- Se crean dos mecanismos de ejecución más simples y expeditos: la ejecución extrajudicial y el pago directo.
HAITÍ
Marie Alice Bélisaire, presidenta del Sindicato de Notarios de la Jurisdicción de Haití (Syndicat des Notaires des Juridictionis d’Haïti, SNJH) ha informado acerca de la aprobación de las siguientes leyes: Ley de la Paternidad Responsable, Ley del Blanqueo de Dinero y Financiación del Terrorismo, y Nueva Ley Bancaria, así como reformas legales en temas como la aplicación de la copropiedad, la reducción de los costos de registro en transacciones hipotecarias y bienes raíces, la adopción de chequeras estandarizadas y, por último, la transformación del fraude fiscal en un delito penal.
Asimismo, la presidenta Bélisaire reporta que se encuentran en debate una serie de proyectos específicos como la creación del repositorio de notarios de Haití, la finalización del censo poblacional, la implementación de sociedades en línea, el lanzamiento de un proyecto de catastro piloto, el inicio de una campaña de formación específica para que los notarios dominen la nueva lectura de registros vía GPS, estación total, geodesia y georeferenciación, así como la creación de una ley de firma electrónica.
Por último, la SNJH está planteando la posibilidad de delegar determinadas competencias a los notarios, como los procedimientos de tutela, curatela, divorcio por mutuo consentimiento, mediación, conciliación y arbitraje.
Además, la SNJH ha integrado un grupo de expertos con el fin de crear leyes que rijan el funcionamiento de la Oficina Nacional de Catastro (Office National du Cadastre, l’Onaca), de la profesión de agrimensor y, por cierto, de la profesión notarial.
ONPI
La escribana Águeda Crespo, presidenta de la Oficina Notarial Permanente de Intercambio Internacional (ONPI), dio cuenta de los acuerdos tomados por este organismo en las reuniones que tuvieron lugar en Berna, Suiza, con fecha 3 y 4 de mayo de 2014 en el marco de las reuniones institucionales de la Unión Internacional del Notariado (UINL). La presidenta Crespo afirmó que se tomó, entre otros, el acuerdo de difundir especialmente las actividades concernientes a la “función social del notario” la cual incide, según dijo, en diversos temas como el respeto a los derechos humanos, la deontología notarial, la titulación masiva, el acceso al agua potable y la titulación de la tierra, entre otros temas, todo esto siguiendo una sugerencia del vicepresidente Bernardo Pérez Fernández del Castillo.
Además, se acordó la publicación de la nueva página web de la ONPI bajo la dirección del notario Alfonso Zermeño Infante, con secciones especialmente dedicadas a temas de deontología y a las responsabilidades rutinarias de las distintas comisiones de la UINL.
Por último, se acordó el relanzamiento de la denominada “Newsletter ONPI Informa” como anexo de la página web.
PUERTO RICO
El notario Pedro M. Ortíz Bey, presidente de la Asociación de Notarios de Puerto Rico (ANOTAPR), informó que en octubre de 2014, con motivo de la celebración del primer “Día del Notariado” en la isla, se firmó un convenio para el desarrollo y la implantación de la denominada “apostilla digital”, signado entre el Departamento de Estado de Puerto Rico, la UINL y la ANOTAPR, con la asistencia de académicos y estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico.
El presidente Ortíz Bey destacó especialmente lo relativo a la intervención del notario en las denominadas “ejecuciones especiales de la garantía mobiliaria”, siguiendo el modelo propuesto por la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) y la Ley Modelo Interamericana de Garantías Mobiliarias, por medio de las cuales se creó un “mecanismo de ejecución especial”, en circunstancias específicas de mutuo acuerdo, garantía con tenencia, derecho de retención del bien, un valor mínimo equivalente a 145 dólares norteamericanos, cumplimiento de plazo, condición resolutoria de la obligación y carácter perecedero del bien.
QUEBEC
EL NOTARIO DEL SIGLO XXI dio noticia, en una entrega anterior, de la visita realizada por el notario Jean Lambert, presidente de la Cámara de Notarios de Quebec (Chambre des Notaires du Québec, CNQ), al notariado de Haití.
En los últimos meses ambos notariados han llegado a un acuerdo para la ejecución de un proyecto de cooperación destinado a reforzar el notariado local, con el cual se pretende crear una cámara de notarios en la isla.
Por otra parte, la CNQ informó que se iniciará un sitio web, con el apoyo del Ministerio de Justicia de Quebec, con la información necesaria acerca de la figura jurídica del condominio. En efecto, durante varios años la Chambre ha estado muy interesada en el crecimiento de los condominios en Quebec y en resolver las dificultades que enfrenta dicho sector inmobiliario.
(1) FUENTES
http://www.tdcanadatrust.com/products-services/banking/electronic-banking/mobile-cheque-deposit.jsp
https://www.cibc.com/ca/features/mobile-deposit.html
http://www.leychile.cl/
Informe de Colombia, por el presidente Álvaro Rojas Charry, Bogotá, Colombia, 15 de septiembre de 2014.
http://internacional.elpais.com/internacional/2014/12/09/actualidad/1418157406_307847.html
Informe del notariado en Haití, por la presidenta Marie Alice Bélisaire, Puerto Príncipe, Haití, 15 de septiembre de 2014.
Informe de la Oficina Notarial Permanente de Intercambio Internacional (ONPI), Unión Internacional del Notariado (UINL), Budapest, Hungría, 11 de octubre de 2014.
Informe de la Asociación de Notarios de Puerto Rico, por el presidente Pedro M. Ortíz Bey, San Juan, Puerto Rico, octubre de 2014.
Reporte de actividades del notariado de Quebec, por Not. Jean Lambert, Montreal, Canadá, octubre de 2014.