ENSXXI Nº 65
ENERO - FEBRERO 2016
Informe de Consultas de la Dirección General de Tributos. Número 65
- Detalles
- Escrito por EDUARDO ÁVILA RODRÍGUEZ::Notario de Madrid
- Categoría: Revista 65 , Tribunales
Entrega de solar por un Ayuntamiento a particular: está sujeto al IVA del 21% (no a TPO) (V2915-15 17-10-2015). Descargar Consulta.
Dación en pago no al acreedor sino a un tercero (sociedad gestora de Patrimonio): también está exenta la operación de transmisión cuando ésta sea a un tercero (V2948-15 7-10-2015). Descargar Consulta.
Disolución de condominio por la Junta de Propietarios en la que el bien queda para dos: en realidad no es disolución de condominio sino una compraventa de cuotas sobre el inmueble por lo que está sujeta a TPO y no AJD (V3104-15 14-10-2015). Descargar Consulta.
Donación de dinero a un hijo no residente en España: tributa en el lugar donde se halle el dinero en el momento de hacer la entrega o transferencia, en España o donde sea, aunque el que lo reciba no sea residente en España (V3303-15 27-10-2015). Descargar Consulta.
Padres donan un inmueble a un hijo y luego se dan cuenta que en realidad querían donar solo una participación en el mismo: a menos que se acredite la nulidad o ilicitud de la donación se calificará fiscalmente como otra donación (V3351-15 30-10-2015). Descargar Consulta.
Compraventa debidamente liquidada en la que posteriormente se hace necesario un expediente de dominio: si tributa la transmisión de por sí, y está hecha, el expediente de dominio quedaría exento; sino ha de tributar (V3474-15 12-11-2015). Descargar Consulta.
Disolución de condominio sobre dos locales adjudicando uno a cada cotitular (son dos): está sujeto a AJD, y no a TPO, ni a IIVTNU, por no haber alteración patrimonial (V3510-15 13-11-2015). Descargar Consulta.
Constitución de complejo inmobiliario no origina tributación: la obra nueva tributa por el valor de la construcción y la propiedad horizontal por el valor de la construcción más el valor del suelo aplicándole el tipo de AJD (V3632-15 19-11-2015). Descargar Consulta.
Venta de bienes patrimoniales de un Ayuntamiento por subasta pública: está sujeta a IVA del 21% (V3364-15 2-11-2015). Descargar Consulta.