ENSXXI Nº 66
MARZO - ABRIL 2016
Informe de Consultas de la Dirección General de Tributos. Número 66
- Detalles
- Escrito por EDUARDO ÁVILA RODRÍGUEZ::Notario de Madrid
- Categoría: Revista 66 , Tribunales
Subrogación y novación de un préstamo para la adquisición de la vivienda: no se pierde el derecho a la deducción por inversión en la vivienda anterior al 2013 (V3856-15 3-12-2015). Descargar Consulta.
Resolución de un contrato: si hay sentencia judicial que declare la nulidad, tendrá derecho a la devolución del impuesto pagado; si es por acuerdo, no solo no puede pedir devolución, sino que habrá que tributar por una nueva transmisión (V3959-15 11-12-2015). Descargar Consulta.
Compraventa privada liquidada y posterior expediente de dominio: estará exento porque la transmisión ya liquidó convenientemente (V3989-15 16-12-2015). Descargar Consulta.
Adquisición por usucapión dictada por sentencia firme: no está sujeta ni a TPO ni a AJD (V4053-15 16-12-2015). Descargar Consulta.
Venta de nave en ruina: está sujeta a IVA porque al no poder desarrollarse actividad directamente no se le aplicaría la exención (V0112-16 15-1-2016). Descargar Consulta.
Una persona soltera que adquirió una vivienda habitual con hipoteca, al año siguiente se casa y se paga la hipoteca con dinero ganancial. Se quiere poner en común mediante aportación de gananciales: resuelve el asunto como aportación de la sociedad de gananciales, por tanto exenta. Es una pena que no entre en el análisis del caso que derivaría de la aplicación del artículo 1354 del Código Civil (V0303-16 26-1-2016). Descargar Consulta.
Mismo caso que el anterior pero este caso sí es el del artículo 1354 del Código Civil: en este caso afirma que no se trata de una transmisión por lo que no está sujeta a TPO (no hay transmisión), ni a la cuota variable de AJD por no haber objeto valuable (V0341-16 27-1-2016). Descargar Consulta.