ENSXXI Nº 78
MARZO - ABRIL 2018
Informe de Consultas de la Dirección General de Tributos. Número 78
- Detalles
- Escrito por EDUARDO ÁVILA RODRÍGUEZ::Notario de Madrid
Una persona construye una casa para sí y un año después decide vender: a efectos del IVA no está sujeta porque el sujeto pasivo ni siquiera ocasionalmente es considerado como tal, por ello sí está sujeta a TPO (VC 3220/17, 15-12-2017). Descargar Consulta.
Sentencia que convierte un crédito refaccionario con su anotación preventiva en el Registro en una hipoteca en garantía de crédito refaccionario: si fuese necesario el otorgamiento de escritura pública sí estaría sujeto a AJD pero en caso contrario no está sujeto (VC 3257/17, 19-12-2017). Descargar Consulta.
Escritura de cesión de crédito con su garantía hipotecaria: en cuanto a la cesión de crédito no está sujeta a TPO pero en cuanto a la cesión de la garantía sí está sujeta a AJD por el valor de la responsabilidad hipotecaria (VC 17/18, 9-1-2018). Descargar Consulta.
Segregación y disolución siendo cinco los copropietarios que proceden de una comunidad hereditaria: por una lado se liquida la segregación, donde quedan dos fincas que se adjudican a dos de los comuneros, de modo que dicha disolución de condominio se liquida en un segundo concepto como tales, percibiendo tres de ellos cantidad de dinero (VC 34/1, 11-1-2018). Descargar Consulta.
Sentencia resolviendo una segregación previa entre los dueños: la anulación o resolución judicial de un negocio jurídico está exento de TPO y AJD (VC 58/18, 17-1-2018). Descargar Consulta.
Disolución de condominio hereditario en lotes equivalentes: excluye el exceso de adjudicación y tributa como disolución de condómino (VC 59/18, 17-1-2018). Descargar Consulta.
Reducción de capital con restitución de aportaciones y parte por beneficios no distribuidos: solo trata respecto al IRPF diciendo que en cuanto la reducción se corresponde con beneficios no distribuidos, tributa como rendimiento de capital mobiliario (V0072-18, 17-1-2018). Descargar Consulta.