ENSXXI Nº 8
JULIO - AGOSTO 2006
ANTONIO FRANCÉS
Presidente de la ANEJ
Hace poco más de un año asumí la presidencia de ANEJ, Asociación de Notarios Jubilados Españoles. Lo que en principio se anunciaba como un quehacer tranquilo, sin más objetivos que ayudar en lo posible a los Notarios jubilados y sobre todo conseguir que ese colectivo, como ahora se dice, viera acogido su interés en colaborar con la Institución a la que ha entregado lo mejor de su esfuerzo y, en definitiva, de su vida, el Notariado (del que se sentía apartado, casi expulsado) se transformó de pronto en un trabajo polémico, difícil, como enseguida veréis.
En el momento actual ANEJ se encuentra con no menos de cuatro frentes abiertos. El primero, la reacción que hubo de materializarse contra dos acuerdos de la Junta de Patronato de la Mutualidad Notarial (que funciona en la práctica como una comisión del Consejo Superior del Notariado), a saber: el de supresión del seguro médico complementario que, a cargo de la Mutualidad, constituía la auténtica tranquilidad no sólo de los jubilados sino, lo que es más importante, de las viudas de Notarios1 y el de la rebaja paulatina del pequeñísimo complemento de la pensión de la Seguridad Social. Contra ellos se presentaron a la DGRN más de doscientos cincuenta recursos de alzada. Transcurrido el plazo de silencio administrativo (que implicaba de por sí la denegación) se ha producido inesperadamente la resolución formal de esos recursos, que se desestiman por extemporáneos al considerar que los acuerdos impugnados fueron suficientemente notificados por haber sido comunicados (por correo ordinario) en una circular, refrendada por una carta -cuyos términos prefiero no entrar a calificar- del entonces presidente de la JPTM; no parece que ese informal tipo de comunicación se acomode a la normativa de la Ley de Procedimiento Administrativo, por cierto. A pesar de la extemporaneidad alegada (que constituye el auténtico fallo) la Dirección General se ocupa del fondo del asunto, rechazando las alegaciones de los recurrentes de acuerdo con el informe de la Junta de Patronato (que es contra quien se dirigían los recursos). De esas resoluciones de la DG sólo destaco que a mi juicio no entra realmente a resolver el "petitum" de los recursos, que no es otro que la nulidad de los acuerdos por dos motivos: que la JPMT no puede, estatutariamente, acordar reducir prestaciones sino sólo proponer esa reducción a la DGRN, y que esos acuerdos de la JPMN (viciados ya de origen) carecen a mayor abundamiento de motivación, que es indispensable por constituir decisiones restrictivas de derechos. Pero en fin, todo esto será, en su caso, tema de los recursos contencioso administrativos que entiendo que deberán interponerse.
El segundo problema es más trascendental; incluso dejaría definitivamente resuelto el primer tema si, como creemos de justicia, su solución es favorable a nuestras tesis. Hace poco menos de un año ANEJ tuvo conocimiento de la existencia (y de la tramitación en fase ya muy avanzada) de un proyecto de Real Decreto que, en síntesis, determinaba la disolución de la Mutualidad y la adjudicación de su patrimonio al Consejo Superior del Notariado para que éste lo dedicase a sus fines propios. Hubo que actuar con extraordinaria urgencia. ANEJ pidió audiencia en el expediente al Consejo de Estado, ante el que -ya como último trámite- se encontraba pendiente para dictamen; realizadas las alegaciones pertinentes el Consejo de Estado dictaminó en sentido netamente favorable a nuestra tesis, al decidir que el patrimonio de la Mutualidad, constituido por los mutualistas, debe formar un patrimonio separado destinado exclusivamente a finalidades de previsión a favor de ellos; la consecuencia fue el abandono del proyecto por la DGRN. Sin embargo, y pese a nuestros trabajos y colaboración2 todo se encuentra paralizado; es más: la Junta de Patronato continúa adoptando acuerdos que van restringiendo y hasta eliminando prestaciones existentes. La actitud a adoptar frente a esta situación será objeto de debate en la próxima Asamblea de ANEJ. Y es esencial mencionar que no estamos solos: la nueva Asociación de Notarios Mutualistas, que engloba a los jubilados y a los activos del antiguo Cuerpo de Notarios, presidida por nuestro compañero Antonio Pérez Sanz, se encuentra básicamente en nuestra misma línea y espero que el inestimable apoyo de su Presidente se extienda a la Asociación en sí.
El tercer problema es el de la actitud de absoluta indiferencia, o mejor ignorancia del Consejo Superior respecto de la Asociación que represento: el verano pasado circulé a todos los Notarios, jubilados y en activo, informes e incluso copia de escritos dirigidos a la Junta de Patronato nunca atendidos, ni siquiera contestados3. Desde entonces he mantenido reuniones con el Presidente del Consejo (que lo es de la Junta) y he presentado nuevos escritos, por ejemplo uno de fecha 19 de octubre de 2005 en el que básicamente solicitaba cosas tan normales, a mi juicio, como datos de personas, categorías de pensionistas y situaciones, imprescindibles para cualquier estudio e incluso, por necesidad imperiosa de actualizar mis ficheros, simples datos personales de los Notarios Jubilados y de las viudas de compañeros fallecidos. No recibí tampoco contestación, por lo que después de una entrevista que mantuvimos con el Presidente del Consejo Julio Burdiel, Antonio Pérez Sanz y yo mismo, lo reiteré por otro escrito de 28 de marzo de este año 2006, en el que ampliaba la petición solicitando información sobre el total de pagos realizados a la Tesorería de la Seguridad Social en concepto de coste de la integración del Notariado en el RETA, la rentabilidad del patrimonio mutual en el año 2005 o el montante del patrimonio actual de la Mutualidad. Por supuesto, no hay contestación.
Como mera anécdota: hace unos meses pedí al Secretario de la J. de P. (en carta que comenzaba "Querido compañero" y terminaba con "Un abrazo") que me facilitase unos datos acerca de la subsistencia física (no tenía constancia de algunos desgraciados fallecimientos) y domicilio de jubilados.
Y el último (last but not least) de los problemas. ANEJ carece de una mínima estructura que le permita hacer frente a todo lo que tiene que soportar. Y de aportaciones económicas imprescindibles para lo que se ha hecho (por ejemplo, asesoramiento Letrado en la intervención ante el Consejo de Estado; preparación de recursos; envío masivo de correspondencia) y para lo que hay que seguir haciendo; yo no puedo pedir a las viudas de mis compañeros que paguen, por ejemplo, los gastos de un recurso contencioso administrativo, aunque creyese que es importante interponerlo. Hasta ahora unos cuantos compañeros (jubilados y activos) nos hemos hecho cargo de bastantes gastos. Pero el porvenir se presenta incierto. En la próxima Asamblea de ANEJ plantearé este tema y espero que, como en cierta ocasión me decía el Rector de una Universidad católica, "las cosas vayan saliendo adelante aunque no se sepa muy claramente cómo"...
1 No resisto al comentario de que el mantenimiento de ese seguro médico fue asumido, como compromiso de honor del Notariado, en una de las Conclusiones del último Congreso Notarial Español, celebrado en Madrid. Pues bien: ¿Cómo puede la Junta de Patronato, por sí y ante sí, suprimir abruptamente lo acordado por el Congreso Notarial Español con carácter de compromiso de honor? Y máxime cuando el patrimonio de la Mutualidad permite muy largamente el mantenimiento del seguro... Veamos una interesante diferencia: el Colegio Nacional de Registradores costea un seguro médico complementario para todos los Registradores jubilados. Es una buena lección.
2 Colaboración solicitada expresamente por la DG y que incluyó la presentación de un nuevo Proyecto articulado basado en la liquidación del patrimonio mutual no a través de ningún tipo de reparto sino mediante la externalización de prestaciones complementarias para todos los mutualistas, y no sólo los jubilados sino todos los que formando parte del antiguo Cuerpo de Notarios -es decir, antes de la integración de los procedentes del antiguo Cuerpo de Corredores de Comercio- han cotizado, en mayor o menor medida, obligatoriamente a la Mutualidad contribuyendo así a la creación del patrimonio mutual hoy existente.
3 Sólo se me contestó a la petición de que se integrase en la J. de P. a dos Notarios jubilados designados por ANEJ. Se rechazaba la petición con base en que los Estatutos de la Mutualidad hablan, como componentes de la J. de P., de "notarios" y los jubilados no lo son. En conversación con el Presidente del Consejo le manifesté mi extrañeza en cuanto a que un Notario Honorario (que por ahora puede no sólo elegir sino ser elegido para cargos directivos, y, por tanto, incluso llegar a presidir el propio Consejo Superior, carezca de capacidad para ser simplemente vocal de la J. de P. de una Mutualidad de la que forma parte. Tal vez por ello el actual proyecto de reforma del Reglamento Notarial elimine, en la práctica, la categoría, consagrada desde los primeros tiempos del Notariado, de Notario Honorario dejando reducida su función a tener voz pero no voto en las Juntas de los Colegios. Y ello en un momento histórico en que todos los países más adelantados de nuestro entorno promueven y dan importancia trascendental a la figura de los Eméritos. Pero esos países (Francia, Gran Bretaña, Alemania, Estados Unidos) están, sin duda, equivocados al empeñarse en no querer prescindir de los conocimientos y la experiencia de quienes los han puesto durante largos años al servicio de las Instituciones...