Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

ENSXXI Nº 8
JULIO - AGOSTO 2006

EL SEÑOR DE LOS DATOS

Ante el anunciado acceso telemático a los Registros, dicen los registradores que están “preocupados por la protección de datos privados” y en unas recientes Jornadas, celebradas en Sevilla, “consideran indispensable la creación de un mediador entre el derecho a la información y la privacidad de datos personales”, vamos, un supervisor que vigile sus datos en Internet, como titula la prensa. Esto sí que es raro, y es que todo se ve mejor cuando se emplea la lógica. ¿Son, por su propia naturaleza, Registros públicos? Entonces ¿qué hacen “datos personales” en los Registros públicos? Lo del supervisor carece de sentido. Es normal que los datos aparezcan cuando se consultan, lo incorrecto, y lo que se debe evitar, es que haya datos privados en un Registro público.  


DATOS PRIVADOS EN REGISTROS PÚBLICOS

Claro que el contrasentido anterior se explica, y genera otro peor, cuando, en las mismas Jornadas, se llega a la conclusión de que sólo los registradores tienen “la competencia y la acreditada capacidad jurídica para discernir cuáles datos son necesarios para cada finalidad”. Pero ¿quiénes van a tener acceso telemático directo a esos Registros públicos? Autoridades y funcionarios públicos, por ejemplo, los notarios... que podrían, nada menos, que “vulnerar derechos fundamentales”.
También este peculiar contrasentido es fácil de resolver, desde el principio esencial de que no haya datos privados en un Registro público, que es la raíz del conflicto. Por ejemplo, que sean los notarios quienes determinen los datos de interés público que se envían al Registro público, con lo que habría desaparecido el problema. Inexistentes los datos privados, nadie con o sin “acreditada capacidad jurídica” podría acceder a ellos, y no habría riesgo de que se vulnerasen esos derechos fundamentales, sin necesidad de establecer un monopolio privado de lo público.


¿PRIVATIZAR LA JUSTICIA?

Esto de los monopolios es muy español y lo mismo vale para un roto que para un descosido. Atendiendo una intensa y prolongada demanda social, el Gobierno ha puesto en marcha, para su trámite y aprobación, un anteproyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria. Parece que cualquiera debe ver con alegría un procedimiento que facilita las cosas a los consumidores, aminora sus gastos y puede desahogar mucho las atascadas arterias de la Justicia ordinaria. Pues no. He aquí que algunos ven, en este anteproyecto de un Gobierno socialista, “un intento de privatizar la Justicia”. ¿Privatizar? ¿Pero es que no son funcionarios públicos los secretarios judiciales, los registradores y los notarios?


¿CUÁNTO VALE ESTA CASA?

Una reciente Sentencia de la Audiencia Nacional dice que las valoraciones autonómica y estatal de una finca o inmueble no tienen por qué coincidir, por ejemplo, a efectos del Impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP) y del Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), en función de la vigencia del principio de estanqueidad de los tributos. Vale distinto para el Estado o para la Autonomía…y suponemos que para el municipio etc.
La pregunta del consumidor bienintencionado es inevitable: ¿Cómo puede quejarse el Ministerio de la Vivienda de que los particulares se mueven entre diversos valores o precios y por tanto es imposible conocer el valor real? ¿No debería empezar el Estado a dar ejemplo estableciendo un solo y único valor de los pisos a efectos de todos los impuestos? Si las Administraciones fijan uno para cada caso ¿Cómo se puede prohibir a los particulares que intenten lo mismo, es decir, un valor para cada  caso?


LÓGICA JURÍDICA, LÓGICA POLÍTICA Y REALIDAD NACIONAL

Aunque esto de la lógica, a veces genera sorpresas. A propósito de la reforma en curso de algún Estatuto autonómico se leen en un diario disquisiciones semánticas entre “nación”, “nacionalidad”, “realidad nacional”, “hecho nacional”…y otras a punto de salir al escenario. A veces se tiene la sensación de que hay mucho de artificialidad en tantas distinciones y sutilezas. Cuando los debates de la Constitución de 1978 se preguntaba el profesor Tierno Galván qué diferencia podía haber entre nacionalidad y nación y sobre todo el por qué de ese rebuscado distingo... Pues si ahora despertara… Quizá estén los padres de la patria desgastando su cacumen en sutilezas  sutilísimas que a fuerza de mas sutilidad se vuelven doblemente sutiles, como se reía Erasmo de los escolásticos…¿No se estará yendo mas allá de la realidad?
 

SUBROGARSE EN LA HIPOTECA: EL COMPRADOR CAUTIVO

Es muy interesante la decisión de la Audiencia provincial de Madrid de condenar a una constructora a pagar los costes que tuvo que asumir el comprador de una vivienda por no subrogarse en la hipoteca de la promotora y firmarla con otro banco. Sucede que el 80 por ciento de las viviendas libres terminadas en España en 2004 (la friolera de más de medio millón) incluyen cláusulas abusivas que penalizan el cambio de entidad financiera.
En definitiva, según la abogada del comprador referido, “las promotoras o constructoras quieren repercutir en el consumidor final los gastos de cancelación del préstamo que financió la construcción del inmueble”. Corresponde al comprador la elección de notario para formalizar la compraventa del piso o inmueble, pero incluso si acude al notario señalado por la promotora puede hacer constar su disconformidad con esa cláusula abusiva, ya que el notario asesora por igual a las dos partes, incluso con preferencia por la más débil.


MICROCRÉDITOS, PERO NO PARA PAGAR AL NOTARIO...

Además, como esto de la vivienda es el verdadero primer problema de muchos españoles, sobre todo jóvenes, las Comunidades autónomas rivalizan en ofrecer facilidades y ayudas. El gobierno de la Comunidad Valenciana ha pensado que bastante ahogo tienen los jóvenes con entradas e hipotecas y ha decidido facilitarles préstamos –el 30 por ciento, a fondo perdido– y alguien titula que son para pagar al notario.
Entrando en el detalle se ve que son para los gastos de notaría, escrituración, registros y altas en las compañías de servicios, etc. En suma, que el notario no es más que un casi inapreciable porcentaje de un conjunto en el que la gran mayor parte, mas del 80%, va para impuestos, es decir para pagar a la misma entidad que facilita los micro créditos…que según se ve los termina dando para recobrarlos, es decir en beneficio propio...
Y como punto final ¿Por qué  sigue tan enquistado el prejuicio de llamar gastos de notario o de notaria a todo lo que se relacione con la contratación?


LA HERENCIA HAY QUE GANÁRSELA

Nunca faltan noticias amables en tiempos de dificultades. El Parlamento gallego ha aprobado –y por cierto, por unanimidad– la nueva ley de Derecho civil que permite despojar de la herencia –lo que se llamaba “la legítima”– a la pareja, vamos, desheredar, por “incumplir el deber conyugal”. Dice la información que las personas que no cumplan con las tareas conyugales se exponen a quedarse sin herencia. Cierto que en la familia, como en todas partes, hay que estar a las duras y a las maduras, que nada es gratis y que hay que cumplir, esto es, colaborar, compartir. Pero el concepto se comenta solo...

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo