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REVISTA110

ENSXXI Nº 115
MAYO - JUNIO 2024

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Por: JAVIER GÓMEZ TABOADA
Abogado tributarista. Socio de MAIO LEGAL (www.maiolegal.com)


DERECHO FISCAL

De vez en cuando ocurre: la lectura de un libro nos hace ver algo hasta entonces del todo desconocido y, como tal, nos impacta. Lo que nos llama la atención puede ser tanto esa realidad revelada como -quizá más interesante todavía- la mera perspectiva desde la que se aprecia lo novedoso. Esto último -lo de la perspectiva- es lo que me aportó “Impuestos o Libertad” de Ignacio Ruíz-Jarabo (Gaveta Ediciones, 2022).

Ya la propia disyuntiva planteada (la libertad como contraposición a la fiscalidad) es atractiva en términos dialécticos, pues el autor no la aborda como sumatorio (“y”) sino como una alternativa (“o”), sin término medio: o una cosa, o la otra. Quiero pensar, en cualquier caso, que se trata más de una fórmula de estilo (y, ya de paso, de tener un título que te interpela) que una declaración de intenciones. Sea como fuere, lo cierto es que la reflexión abunda en esa idea -del todo clásica pero, también, muy de actualidad- de que a más Estado (léase sector público, esté anudado al nivel territorial de Administración que sea), menos margen de actuación individual; y a la inversa. Y ello sea dicho, en lo que a mí respecta, como un planteamiento meramente hipotético: no seré yo quien niegue que el Estado (y/o Ayuntamientos o Comunidades Autónomas) deba existir, pues no soy un “anarcoliberal” que abogue por el desmantelamiento de las estructuras públicas, no, al menos, de las más básicas y, por tanto, necesarias…
Pero que parta de la asunción de la bondad de la existencia del Estado no me hace rehuir el sano debate que, sí creo, es del todo oportuno: Estado, sí; pero ¿con qué tamaño? Ésa y no otra creo que es la cuestión a abordar. Y, obvio es decirlo, de la mano de ese planteamiento, viene otro: ¿cuál es el nivel de gasto público que estamos dispuestos a afrontar? O, lo que es lo mismo: ¿qué presión (aunque prefiero el concepto de “esfuerzo”) fiscal somos capaces de asumir? Y, aquí, cabría una reflexión tanto en términos económicos como de libertad de nuestra esfera individual de actuación… E hilando una cosa con la otra, llegamos -es inevitable- al debate de la progresividad que es, precisamente, el que quiero abordar.

“A más Estado menos margen de actuación individual”

Tal y como apunté en un reciente soliloquio (“¿La progresividad como falacia?”, Atlántico Diario, 17 de diciembre de 2023), “esa progresividad es un mandato constitucional y, por tanto, el Legislador no puede abstraerse de ello (…). Pero aun así, tiene sus curvas: si la progresividad es desmedida -pregunta inocente: ¿cuándo empieza o deja de serlo?-, estará desincentivando la actividad y, por tanto, será del todo perniciosa para la iniciativa privada, la generación de riqueza, creación de empleo… El problema es que (…) el punto de cocción óptimo de la progresividad es un enigma dentro de un misterio; o sea, que nadie lo sabe”.
Éste es el concreto extremo donde el libro de Ruíz-Jarabo me aportó una nueva mirada, hasta entonces del todo desconocida para mí. Y ésta se condensaba en un muy llamativo gráfico relativo al IRPF: el eje vertical da cuenta del tipo medio de gravamen, mientras que el horizontal refleja los tramos de renta. La evolución de la curva resulta del todo evidente, más aún en palabras del propio autor: “la curva (…) presenta una enorme variación en su pendiente, lo que pone de manifiesto que la intensidad de la progresividad del impuesto varía más que significativamente según el importe de la base”. Y, tan es así, que el gráfico evidencia que el ritmo de crecimiento del tipo de gravamen no es constante, bien al contrario “resulta manifiestamente patente que la velocidad de su aumento decrece de manera notable” en un determinado punto que se ubica en torno a una renta de +/- 90.000€; es más: la curva que mide la progresividad tiende a lo horizontal a partir de unos 475.000€ de base del impuesto.
La constatación de esta, al menos para mí, del todo disruptiva realidad -que, intuyo, es desconocida por la inmensa mayoría de la sociedad- me ha hecho conectarla con algunos llamativos resultados del reciente estudio publicado por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) relativo a la “Factura fiscal de los hogares españoles”, donde se da cuenta de ciertas patologías que vienen a refrendar algo de lo ya apuntado en “Impuestos o Libertad”: la evolución de la progresividad es extremadamente virulenta hasta +/- 70.000€.

“La evolución de la progresividad es extremadamente virulenta hasta +/- 70.000€”

Tomemos uno de los perfiles objeto del estudio del REAF: una pareja con un hijo; siendo así que si la renta del hogar es de 28.078€ su IRPF se cifra en 1.182€, mientras que, si esa misma pareja, tuviera unos ingresos de 37.438€ (o sea, un 33% más que antes), su IRPF se eleva hasta los 5.152€ (o lo que es lo mismo, el 435% del soportado en el escenario anterior). 33% vs 435%; ¡ojo al dato!
El peso de todos los tributos sufragados por esos mismos perfiles (es decir, además del IRPF) viene dado, en buena lógica, por unas estimaciones estadísticas del nivel de consumo de esos hogares, siendo así que oscila desde los 2.026€ de IVA para el primer escenario y 2.330€ para el segundo (evidenciando así la regresividad de esta figura impositiva); los 538€ -y 610€- de impuesto especial de hidrocarburos (también con un marcado sesgo regresivo); o los 384€ frente a 414€ de IBI en uno u otro caso… El informe concluye señalando que los hogares con esa estructura (una pareja con un hijo) se mueven en una horquilla entre el 23´64% de tributos (1) (para una renta de 28.078€) y el 36´39% (cuando la renta se cifra en 74.875€): es decir, la contribución fiscal total crece un 154% más que la renta.
Y, aunque pueda parecer una anécdota, en el caso de un contribuyente soltero sin hijos, el tipo medio general del IRPF alcanza su cénit (que se cifra en el 32´75%) en los 166.390€ para, a partir de ahí, reducirse… Avala así, pues, lo ya expuesto en esa misma línea en el gráfico del libro de Ruíz-Jarabo.
En fin, datos todos ellos para la reflexión y que vienen a constatar que la mayor parte del peso del sistema recae sobre la clase media, pero no por su capacidad contributiva individual (que es la que es), sino por ser la más numerosa (al menos, hasta ahora). Es su relevancia grupal la que provoca que la progresividad se focalice muy especialmente en ella, optimizando así la capacidad recaudatoria.

(1) Entre ellos, el informe incluye las cotizaciones a la Seguridad Social en la parte correspondiente al trabajador.

Palabras clave: Progresividad, Clases medias, Esfuerzo recaudatorio.
Keywords: Progressivity, Middle classes, Tax collection.

Resumen

La progresividad fiscal es un mandato constitucional, pero ello no obsta que quepa analizar -y debatir- cuál es su más adecuada aplicación. Recientes trabajos vienen a constatar que, lejos de lo que pudiera parecer, su impacto se ceba muy especialmente en las clases medias. Es, pues, el elevado peso social de esas rentas medias lo que lleva a centrar en ellas el grueso del esfuerzo recaudatorio. La constatación de esta realidad debe hacernos reflexionar sobre su idoneidad a la hora de incentivar -o, por el contrario, cercenar- el legítimo deseo de progreso y mejora de millones de hogares.

Abstract

According to the Spanish Constitution, taxation must be progressive, but this need not prevent an analysis - and debate - over the best way it can be applied. Recent studies have shown that contrary to what might appear to be the case, its impact hits the middle classes particularly hard. The fact that these middle incomes constitute a large proportion of society means that the bulk of tax collection efforts are focused on them. An understanding of this should lead to a discussion of whether this is wise in terms of encouraging - or on the contrary, curtailing - millions of households' legitimate desire for progress and improvement.

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